RESPONSABILIDAD CIVIL 

DEFINICIÓN (¿QUÉ ES?)

Es aquella que impone a alguna persona física o jurídica, ya sea una sociedad o la Administración Pública, asumir el coste del resarcimiento por daños causados, por alguna conducta suya, por la de un tercero o por algún suceso.

Puede nacer de un contrato o ser extracontractual y puede haberse producido por dolo o culpa del causante, es decir, queriendo o no habiendo sido diligente o ser meramente objetiva.
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EJEMPLOS

La responsabilidad civil puede tener su origen en una conducta dolosa o culposa del sujeto que va a tener que asumir reparar el daño. Por ejemplo puede surgir por ir a toda velocidad en un coche y causar daños en un comercio.

Puede originarse por la conducta de un sujeto que está bajo nuestra supervisión; por ejemplo los padres respecto la conducta de sus hijos, o los dueños o directores de un centro educativo en relación a los daños que causen los alumnos del centro, o por actos causados por un empleado bajo nuestra vigilancia y supervisión y que ha sido objeto de nuestra contratación.

Por otra parte, la responsabilidad civil puede atribuirse a alguien sin existir conducta alguna. Es la llamada responsabilidad objetiva, donde la obligación de indemnizar surge de la Ley misma, se haya sido o no el causante. Pero el sujeto podrá exonerarse de la responsabilidad, por culpa exclusiva de la víctima o si el daño se ha producido por fuerza mayor. Por tanto, se trata de casos de responsabilidad objetiva o cuasi objetiva. Ejemplos de esta serían:

La responsabilidad por conductas o hechos propios de los animales; por la actividad de caza en una finca que provoca daños en las fincas vecinas; por la ruina de un edificio; por daños de sustancias inflamables o explosivas no situadas en un lugar seguro; por la caída de árboles; por defectos de la construcción; la responsabilidad del cabeza de familia por lo que cayera o se arrojara de su casa, la responsabilidad por el ejercicio de la caza o en la navegación aérea por los daños causados por la aeronave o por los objetos arrojados de ella; por los sucesos ocurridos durante la navegación marítima; por los daños causados por la energía nuclear; por los daños causados a los usuarios y consumidores; los derivados del mal funcionamiento de los servicios públicos, o por los daños causados a los derechos de la personalidad.

Más ejemplos:
La responsabilidad civil puede asimismo surgir de un contrato y ser contractual, derivada de aquellos derechos y obligaciones asumidas en un documento público o privado, o bien extracontractual, sin haber ningún tipo de vínculo contractual .Otra fuente de responsabilidad civil sería la que deriva de la comisión de un delito y que lleva aneja responsabilidad patrimonial para resarcir el daño. Por ejemplo ser condenado vía penal por omisión del deber de socorro y ser obligado a reparar los daños patrimoniales causados por esa omisión.

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